Impacto positivo cuantificable o cualificable, que determinan los órganos de control fiscal en sus ejercicios de vigilancia y control y que se establece a partir de actuaciónes evidenciadas y comprobadas derivadas del seguimiento a las acciones suscritas en los planes de mejoramiento, de las observaciones, los hallazgos y los pronunciamientos, teniendo en cuenta la relación directa de causalidad entre la acción de mejoramiento y el beneficio.
Social
Gobierno y actividad asociativa
Adapatado de Art 127, Ley 1474 de 2011 y Guía de Auditoría Territorial en el marco de las normas Internacionales ISSAI - GAT Versión 3.0