la penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, así como la penetración vaginal o anal de cualquier otra parte del cuerpo humano u otro objeto de manera violenta o no consentida como resultado de intimidación, fuerza, fraude, coerción, amenaza, engaño, consumo de drogas o alcohol, abuso de poder o de una posición de vulnerabilidad, o la entrega o recepción de beneficios. La realización de todos los actos mencionados en persona protegida.
Social
Justicia, seguridad y defensa
Ley 599 de 2000.
http://perso.unifr.ch/derechopenal/assets/files/legislacion/l_20130808_01.pdf