Es la encargada de la vigilancia, la recuperación, la conservación, la protección, el ordenamiento, el manejo, el uso, el aprovechamiento y el control de los recursos naturales renovables y del medio ambiente De acuerdo con su competencia: fiscaliza los recursos naturales renovables; aprueba estudios de impacto ambiental; adopta términos y guías; aprueba licencias ambientales; delimita geográficamente las reservas forestales; sanciona de acuerdo con las normas ambientales, y recibe los avisos de iniciación y terminación de las explotaciones mineras Las autoridades ambientales son: El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la ANLA; las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible; los municipios, los distritos y las áreas metropolitanas cuya población dentro de su perímetro urbano sea igual o superior a un millón de habitantes y las autoridades ambientales de que trata el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 (Art 3o, decreto 3930 de 2010)