Unidad básica en la organización del servicio público de educación. En estricto sentido es una unidad económica que se ha constituido legalmente para la prestación del servicio público de educación y que para ello cuenta con una licencia de funcionamiento (aplica para los establecimientos del sector no oficial) o un acto de reconocimiento (para sedes educativas del sector oficial), una planta física y una estructura administrativa. La organización u asociación entre sedes puede llevar a que se conformen o se reconozcan establecimientos, instituciones o centros educativos.
Social
Educación, ciencia, tecnología e innovación
Ley 715 de 2001. Artículo 9.
http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-86098_archivo_pdf.pdf