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sistema de consulta de conceptos estandarizados

Ficha técnica

Servicio público educativo

Definición

El que se presta bajo el esquema y modalidad regulada para que tanto operadores de carácter púbico como operadores de carácter privado puedan ofrecer y prestar el servicio público de educación. Los departamentos, distritos y municipios certificados, prestarán el servicio público de la educación a través de las instituciones educativas oficiales. Podrán, cuando se demuestre la insuficiencia en las instituciones educativas del Estado, contratar la prestación del servicio con entidades estatales o no estatales, que presten servicios educativos, de reconocida trayectoria e idoneidad, previa acreditación, con recursos del Sistema General de Participaciones.

Temática

Social

Tema

Educación, ciencia, tecnología e innovación

Referente

Ley 715 de 2001. Artículo 27. / Decreto 2355 de 2009. / Decreto 2500 de 2010.