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Ficha técnica

Daño antijurídico

Definición

Jurisprudencialmente se ha señalado como aquel daño que la víctima no está en el deber jurídico de soportar, y que lesiona injustificadamente su patrimonio. Este daño puede ser causado por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En tal caso el Estado quien debe responder patrimonialmente.

Temática

Social

Tema

Justicia, seguridad y defensa

Referente

Adoptado de Rama Judicial de Colombia. (s.f.). Glosario. Consejo Superior de la Judicatura.